Comunicado Cambio Turno Imprevisto

Estimados Socios

A través de este comunicado queremos informar la manera en que se aborda el “CAMBIO DE TURNO IMPREVISTO” estipulado en nuestro convenio colectivo(Beneficios relacionados con la prestación de servicio) Decima octava parte:

  1. A todo trabajador que sea requerido bajo esta modalidad se le hará un pago de un bono equivalente a 12 horas de su sueldo base mensual, el polinomio para calcular esto es :  sueldo base por 180 dividido por 12.
  1. Si el trabajador se encuentra realizando sus funciones a la hora de ser requerido para este servicio, las horas trabajadas serán pagadas como horas extras.

Ejemplo:  Si el trabajador inició su turno a las 08:00 am y se le comunica a las 11:00 am que requieren de su apoyo, se les considerarán 3 horas de sobre tiempo a la modalidad del convenio  colectivo.

  1. Si el trabajador está haciendo funciones bajo esta modalidad (CAMBIO DE TURNO IMPREVISTO) y este pasa al octavo día de trabajo, este dia se le devolverá previo acuerdo con el supervisor, que puede ser requerido por el trabajador al inicio o término del próximo turno, (No habrá devolución del día si no se pasa de sus 7 días de trabajo).
  1. El empleador debe garantizar como mínimo al trabajador 8 horas de descanso continuas, antes de comenzar un Cambio de Turno Imprevisto.

Ante de cualquier duda o consulta sobre esta materia, llame a sus Dirigentes.

Saludos

La Directiva

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