Corte Suprema declara inadmisible recurso de unificación interpuesto por Cía Minera Collahuasi en demanda de trabajadora que denunció Vulneración de Derechos Fundamentales

 

Luego de una batalla judicial que inició el 16 de febrero de 2021, en que la operadora de pala Ivonne Herrera y trabajadora de Compañía Minera Doña Inés de Collahuasi interpuso una denuncia en contra de esta última por vulneración de derechos fundamentales, el jueves 10 de noviembre pasado, la Corte Suprema de Chile, última instancia a la que recurrió la parte demandada declaró inadmisible el recurso de unificación de jurisprudencia.

El 4 de junio de 2022 el Juzgado del Trabajo de Iquique, acoge la denuncia por tutela de derechos fundamentales impetrada por Ivonne Herrera declarándose que la demandada (Compañía Minera Doña Inés de Collahuasi), ha vulnerado los derechos fundamentales y su derecho a no ser discriminada en forma arbitraria, en relación con el art.485 de Código del Trabajo.

Posteriormente, el 16 de agosto de 2022, la Corte de Apelaciones en referencia al artículo 482 del Código del trabajo rechaza el recurso de nulidad interpuesto por el abogado Sr. Raúl Fernández Toledo, por parte de la demandada compañía, en contra de la sentencia dictada el 4 de junio por dicho tribunal.

Así, el fallo emanado el 10 de noviembre por la Corte Suprema señala, “Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 483 y 483-A del Código del trabajo, se declara inadmisible el recurso de unificación deducido en contra de la sentencia dictada con fecha 16 de agosto de 2022”.

Cabe recordar que, la trabajadora dio curso a la denuncia alentada por la irregular situación laboral a la que fue relegada por los supervisores, Pablo Letelier Meza Superintendente Mina, Javier Salazar Morales, Jefe Turno Mina y Juan Barrios González, Instructor Mina, sin mayores explicaciones, en circunstancias en que se desempeñaba como titular de pala, siendo destacada a nivel nacional e internacional por ser pionera, como mujer, en la industria.

A raíz de estas irregulares condiciones laborales, es que las consecuencias en la salud física y mental de la aludida, que a su juicio, eran claramente discriminatorias, se fueron haciendo más evidentes, complicando seriamente su estabilidad emocional y tras algunos reveses en dictámenes de la SUSESO, presiones de la compañía para llegar a un acuerdo extrajudicial y entre un sinfín de conflictos con la contraparte que se presentaron durante el proceso, continuó perseverando en la lucha judicial.

Hoy frente a este ansiado resultado, Ivonne Herrera, sostuvo, “En primer lugar, doy gracias a Dios por el resultado de esta demanda. Si bien es cierto, fue un año nueve meses muy difíciles, de mucha incertidumbre y angustia, ahora siento tranquilidad y solo basta esperar que se haga efectiva la sentencia, dictada en primera instancia por el Juzgado del Trabajo de Iquique”.

Por otro lado agrega, “quiero agradecer al abogado que me acompañó en esta causa, quien siempre me entregó el apoyo moral y la orientación jurídica, así como también al dirigente, Felipe Román y al ex director sindical Cristian Salinas, que estuvieron siempre llanos a darme recomendaciones y consejos para no desestimar las acciones que demandara el proceso judicial.

“Finalmente, quisiera manifestar que deseo de todo corazón que ningún trabajador y trabajadora de este país pase por el menoscabo y discriminación de la que he sido víctima y protagonista en Compañía Minera Doña Inés de Collahuasi, así como en cualquier otro escenario laboral. Los derechos humanos, fundamentales y laborales no pueden ser atropellados bajo ninguna circunstancia ni índole”, puntualizó Ivonne Herrera.

Área de Comunicaciones 

Sindicato de Trabajadores Collahuasi 

 

 

 

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