Sindicato Collahuasi se reúne con representante de SUSESO Región de Tarapacá para analizar rol de mutualidades en pandemia

La compleja situación sanitaria que se ha generado ante el aumento de contagios de coronavirus en el país y como consecuencia la dificultad para determinar la trazabilidad e informar los casos confirmados por COVID-19 en los lugares de trabajo y sus contactos estrechos y con ello, el obstáculo para que sean declaradas como enfermedades profesionales, no deja exenta a las faenas mineras. La responsabilidad y competencias en este ámbito de las mutualidades es clave para tomar los resguardos necesarios para proteger los derechos laborales de las y los trabajadores.

Por esta razón, esta mañana, el directorio pleno del Sindicato de Trabajadores Collahuasi se reunió en videollamada con la Agente Regional de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) de la región de Tarapacá, Alejandra Mollo.

Las principales inquietudes de los dirigentes se basaron fundamentalmente en la poca rigurosidad que entrega el sistema para determinar la trazabilidad de los casos contagiados y sus contactos estrechos, como más preocupante a su juicio es, el proceso que se inicia una vez que se realiza la denuncia ante el Minsal. Esto, referido a que no se entrega un registro formal de parte de las mutualidades al cual los sindicalistas puedan acceder para el seguimiento de los casos y contribuir en hacer cumplir la normativa respecto a que se consideren como enfermedades profesionales, según lo estipula la ley 16.744 de accidentes y enfermedades profesionales.

En este sentido la representante de la SUSESO, señaló que una vez realizada la denuncia, ya sea por el mismo trabajador, sindicato o empleador, que el Minsal debe tomar contacto con los casos y derivar el listado a las mutualidades, quienes tienen el deber legal de iniciar el proceso de la investigación, que por esencia es casiústica, es decir, que cuando los accidentes o enfermedades se dan con ocasión del trabajo, deben ser analizadas por un comité de expertos caso a caso, para determinar si corresponden a enfermedad profesional o enfermedad común.

Sin embargo, según los sindicalistas, las mutualidades estarían faltando al cumplimento de su función al momento de que las y los trabajadores que han sido contagiados por coronavirus junto a los casos considerados estrechos, han sido derivados a los centros privados de salud para su evaluación, sin informar de la condición en que estos fueron ingresados, es decir, si se realizó a través de la Ley 16.744. Por este motivo, señalan que estas instituciones prestadoras de servicios de salud, estarían evadiendo la responsabilidad que la Ley Nº16.744 dispone, donde se señala que son estas entidades las que deben hacerse cargo del pago de todas las prestaciones médicas e incluso las que deriven de sus posteriores secuelas ante una enfermedad profesional.

La preocupación de los sindicalistas es tal, que manifestaron la necesidad de que la SUSESO realice fiscalizaciones urgentes al respecto, para evitar que las mutuales eludan su rol, dejando a los trabajadores como responsables de los costos de lo que signifique las atenciones y tratamientos de esta enfermedad. Asimismo, la personera indicó que es factible que se formalicen estas denuncias a través de correo electrónico, para darle curso a la fiscalización, ya que esta situación según su parecer, es irregular y debe ser corregida a la brevedad.

Por otra parte, cabe señalar, que la responsabilidad de canalizar las denuncias no es propiamente tal y exclusiva del trabajador, también es posible que lo haga un tercero, para que sea derivado a un centro asistencial de urgencia en la mutualidad respectiva y de no contar con horario de urgencia, a un centro asistencial privado, donde se deje constancia de que el ingreso es por enfermedad profesional para que posteriormente se pidan los antecedentes al trabajador y empleador para que se hagan las investigaciones caso a caso.

Finalmente los dirigentes acordaron oficiar a la Super de Seguridad para que instruya fiscalizaciones a la brevedad a las mutuales comprometidas en la prestación de servicios a las y los socios del sindicato, como medida para proteger los derechos esenciales en materia de salud y seguridad de estos, sobre todo hoy en el difícil contexto de la pandemia por coronavirus que nos golpea.

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Sindicato de Trabajadores Collahuasi 

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